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Constitución de 1812

Techada

137 Techada

Signatura ACD: P-01-000026-0005-0038 Fecha de publicación y jura: 12 y 13 sep. 1812 Archivo del testimonio en el D. S: 5 mar. 1813

 

Aparece mencionada en el libro de España dividida en provincias e intendencias. Tomo I. pag. 506. Se le clasifica de villa perteneciente a un señorío secular. Aunque en la actualidad no aparece ninguna referencia sobre este pueblo,  Sobres su situación se menciona lo siguiente en este texto de una carta del Párroco de Alanchete y Valverde al  geográfo  Tomás López: «Esta circuncidado de todos estos lugares: por solano esta la villa de Santa Olalla, que dista una legua; por cierzo la villa de Hormigos, que dista otra legua; por gallego la villa de El Casar de Escalona, que dista media legua; por ábrego el lugar de El Bravo, la villa de Techada y la de Otero, que cada una distan también una legua»  que aparece en el blog «eulaliense»  de Josué López Muñoz,  en la entrada sobre Alanchete y Valverde.